
En estos momentos la legislación relativa a los rpa es bastante restrictiva en lo que respecta para su uso profesional, impidiendo sobrevolar zonas urbanas y concentraciones de personas, tendríamos que saber a partir de que numero de personas se podría decir que es concentración, ¿ir con tu familia y amigos (digamos 10 personas) se denomina concentración? En fin, a este respecto la cosa no esta nada clara.
Lo que si esta claro, que no se puede hacer es:
- No se pueden volar en zonas urbanas.
- No se pueden volar sobre aglomeraciones de gente (parques, playas, conciertos, etc.)
- No se pueden volar de noche.
- No se pueden volar cerca de aeropuertos u otras zonas donde se realicen vuelos con otras aeronaves a baja altura.
- No se puede poner en peligro a terceros.
Aqui estan las normas que regulan los trabajos aereos, para uso profesional.
Y la ley 18/2014 :
http://www.boe.es/boe/dias/2014/10/17/pdfs/BOE-A-2014-10517.pdf
Respecto al uso ludico se podría decir que poco hay escrito sobre el tema, nada mas que una simple nota por parte de AESA
Que se puede resumir en cuatro puntos:

Siempre tenerlo a la vista y no superar los 120 metros de altura.
Saber volar con seguridad.
Sólo volar drones en zonas adecuadas para ello (por ejemplo, mencionan zonas de vuelo de aeromodelismo, zonas despobladas, etc.)
Los daños que cause el dron son responsabilidad de quien lo maneja.
Esta previsto que este año, Aesa, de otro giro de tuerca a esta ley, esperemos que sirva para poder dar un empujón a las nuevas empresa operadoras, y no sea una nueva zancadilla.